viernes, 5 de junio de 2009

Estafaaa!!!!

Los alumnos de la Extensión de Miramar que estudiamos Licenciatura en Comunicación Social con orientación en Periodismo pertenecientes a la Facultad de Comunicación y Periodismo de La Plata viajamos todos los días a la ciudad de Miramar. Por que en su gran mayoría somos de la ciudad de Mar del Plata, por esta razon todos los días de Lunes a viernes, incluso los chicos de tercer año también viajamos los dias sábados, desde la ciudad de Miramar a Mar del Plata y al reves de Mar del Plata a Miramar.
A nosotros por ser estudiantes y presentando nuestras libretas de estudiantes nos hacen descuentos del 20 %. Entonces, el boleto que sale 6,30 lo pagamos 5,04. Exceptó los sábados que por razones de la empresa no nos hacen el descuento.
En la Argentina existe la ley de redondeo. Esta ley se llama Ley de LEALTAD COMERCIAL 25.954.
El cual los comercios están obligados a exhibir un cartel informativo.
Entonces con esta ley que se aplica en el descuento nuestro nosotros tendriamos que pagar 5 pesos pero... esto no es asi. Paso a detallar lo que dice la ley:
LEALTAD COMERCIAL
Artículo 9º bis de la ley 22.802:
En todos aquellos casos en los que surgieran del monto total a pagar diferencias menores a CINCO (5) centavos y fuera imposible la devolución del vuelto correspondiente, la diferencia será siempre a favor del consumidor.
En todo establecimiento en donde se efectúen cobros por bienes o servicios será obligatoria la exhibición de lo dispuesto en el párrafo precedente, a través de carteles o publicaciones permanentes, cuyas medidas no serán inferiores a 15 cm por 21 cm.
Ley 25.954Modifícase la Ley Nº 22.082, en relación con la devolución al consumidor de diferencias menores a cinco centavos en el monto total a pagar.Sancionada: Noviembre 3 de 2004Promulgada de hecho: Diciembre 2 de 2004El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º Incorpórase como artículo 9º bis de Ley Nº 22.802 el siguiente:"Artículo 9º bis: En todos aquellos casos en los que surgieran del monto total a pagar diferencias menores a cinco (5) centavos y fuera imposible la devolución del vuelto correspondiente, la diferencia será siempre a favor del consumidor".
ARTICULO 2º Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a través de la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 22.802 a realizar una amplia campaña de difusión de la presente.
ARTICULO 3º Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, ENBUENOS AIRES, A LOS TRES DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.REGISTRADO BAJO EL Nº 25.954EDUARDO O. CAMAÑO.MARCELO A. GUINLE.Eduardo D. Rollano.Juan Estrada.

________________________
Ley 26.179El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1°.- Sustitúyese el artículo 9º bis de la Ley Nº 22.802 –introducido por la Ley Nº 25.954-, por el siguiente: Artículo 9º bis: En todos aquellos casos en los que surgieran del monto total a pagar diferencias menores a CINCO (5) centavos y fuera imposible la devolución del vuelto correspondiente, la diferencia será siempre a favor del consumidor.
En todo establecimiento en donde se efectúen cobros por bienes o servicios será obligatoria la exhibición de lo dispuesto en el párrafo precedente, a través de carteles o publicaciones permanentes, cuyas medidas no serán inferiores a 15 cm por 21 cm.
ARTICULO 2º.- Los establecimientos tendrán TREINTA (30) días a partir de la promulgación de la presente, para cumplimentar lo preceptuado en el segundo párrafo del artículo anterior.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS .

A nosotros nos tendrian que cobrar 5 pesos, ahora cuando vamos a pagar algunos de los cajeros de la empresa de transporte RAPIDO DEL SUR, nos piden los 5 centavos. A veces los pagamos y otras no. Aunque no tenemos obligación. Y luego nos dan el boleto.
Yo, Jimena Troiano quien escribe en este blog, me informe sobre la ley de redondeo y se los comunique a algunos cajeros de esta empresa, algunos nos dijeron nada. otros estuvieron a favor y otrso en contra.
Como por ejemplo el mal educado de Gabriel, cajero, de está empresa e la ciudad de miramar. Que el 22 de mayo de 2009 me pidió los 5 centavos. como nos es la primera ves, discutimos, por que yo le dije que por que yo le dije que por la ley de redondeo no se los tenía que pagar y que como dice la ley " tiene que estar pegada en todas los negocios".
Entonces, el me contestó que a él le dan la caja en cero y que todos los días se acercargo de mis 4 centavos".
A lo que yo le respondí que esto no es así por que más de un compañero mío paga 5 centavos y el no tiene el centavo para devolverme. Por que no existe.
Entonces, me contesto que el proximo día que saque el pasaje lo tengo que sacar arriba del micro ( osea sin descuento).
Por eso, es que yo me quede muy enojado porque si existe un ley de redondeo que benificia la consumidor. Yo no tengo por que pagarle esa plata, ni mis compañeros tampoco, por que a la larga es una ganancia para la empresa y no para nosotros. Y no para este Gabriel que se puso la camiseta de la empresa y es solo un numero.
Por que si yo tengo una ley que me beneficia a mi, no se hace cumplir.
y esto no solo pasa con una empresa este es solo un ejemplo, de lo que pasa. Pero tambien pasa en las telefonicas, en los supermercados, etc.

Hagan valer esta ley... besos jime!!!!

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