viernes, 19 de junio de 2009

Hola chicos.... aca les dejo despues de mucho je... re cuelgue yo... les dejo un trabajo hecho por mi prima Ana Paula.... besoss---
espero que le sea interesante......

BSTRACT
En este trabajo expondré uno de los mayores conflictos que desde un comienzo y hasta nuestros días conlleva el Derecho Penal y que podría resumirse básicamente en tres preguntas: ¿Que es la Pena? ¿Cuales son sus fines? Como es utilizado el hombre dentro de los fines de la Pena? Antes de comenzar su desarrollo e intentar darle una respuesta a ello es conveniente tener bien claro cual es el concepto que utilizamos del hombre, elaborado por el gran filosofo Aristóteles para quien el ser humano es la relación indisoluble entre el alma y el cuerpo representada por la necesidad mutua; a la cual se le suman los valores (todo aquello que hace que el hombre aprecie o desee algo) y el libre albedrío (los actos del ser humano parten de su voluntad y libre elección).
Pero a su vez también es muy importante conocer el concepto de la Pena utilizado hoy en día el cual fue elaborado por el Dr. Zaffaroni quien indica que la pena es la disminución de un bien jurídico, como la libertad, al autor de un delito claramente tipificado en el código de fondo.



EVOLUCION HISTORICA DE LOS FINES DE LA PENA


Tanto la Pena, el castigo y sus justificativos han variado notablemente a lo largo de la historia, existiendo en ella dos grandes divisiones:
En un principio, en el Estado Teocrático, el castigo se exteriorizaba a través de atentados contra la vida, torturas contra la integridad física y hasta el destierro; se decía que estos tipos de penas eran los adecuados debido a que eran aquellos autorizados por “La Ley de Dios”.
Luego con la secularización del poder y la justicia el hombre es moralmente obligado a cambiar su concepción del castigo, legitimándosele a condenar un crimen; es así que se descubre a la libertad como un bien jurídico dando un paso adelante la pena privativa de la libertad y dejándose de lado mayoritariamente la pena de muerte ( aunque en la actualidad todavía existen lugares como por ejemplo algunos estados que conforman los Estados Unidos en los cuales la pena de muerte todavía tiene validez)


LOS FINES DE LA PENA Y SUS TEORIAS


Debido a la situación económica y social que vive nuestro país y que produce que seamos inestables, el fin de la pena debió modificarse para reducir al mínimo posible el grado de violencia, basándose en dos pilares constitucionales como lo es el “Consolidar la paz interior” (Preámbulo CN) y “Respetar la tolerancia liberal” (Art. 19 CN); es decir, que existe una exigencia para el Estado que radica en garantizar los modos de vida de una sociedad sin la existencia de daños de terceros.
Durante la historia han surgido diversas teorías para legitimar la acción punitiva estatal entre las cuales podemos encontrar a la Teoría de la Retribución, la Teoría de la Prevención (tanto general como especial) y a la Teoría Unificadora Dialéctica. Sin embargo ninguna de ellas logro dar una justificación a la reserva del Estado para el castigo de ciertas conductas.
A continuación para su entendimiento daré una somera explicación de cada una de ellas:

1) Teoría de la Retribución: el sentido de la pena radica en que el mal causado por el autor del delito debe ser compensado mediante la imposición de un mal penal, es decir, la pena lleva un fin en si misma; esta Teoría la podemos observar en el estado absolutista.
“La pena surge, entonces, como una necesidad moral derivada de un -imperativo categórico- como lo es la justicia para Kant, o bien para Hegel como una necesidad lógica: negación del delito y afirmaron del derecho”

2) Teoría de la Prevención Especial: justifica la pena en el solo hecho de prevenir nuevos delitos del autor, corrigiendo lo incorregible e intimidando a los todavía intimidables

3) Teoría de la Prevención General: el fin de la pena aquí es intimidar a los ciudadanos en general, porque el delincuente atenta contra el sistema adoptado por la generalidad y merece ser reprimido como lección para los restantes miembros de la sociedad indicándoles que quien cometa el mismo delito dicha pena será impuesta sobre ellos.

4) Teoría Unificadora Dialéctica: esta Teoría que unifica el Retribucionismo y la teoría de la Prevención termina en un Eclecticismo que no satisface a nadie, consagrando como primero y principal al Derecho Penal; consta de tres estadios: prohibición de una conducta amenazada con una pena, aplicación de la pena prevista para el hecho y durante la ejecución de la pena prevalece la idea de la Prevención Especial. Claus Roxin explica esta teoría diciendo que “ El Derecho Penal se enfrenta al individuo de tres maneras: amenazándolo, imponiendo y ejecutando penas; y que esas tres esferas de de actividad estatal necesitan de justificación cada una por separado”(1)


En nuestro país tenemos instalada la Pena de Privación de la Libertad a través de la Teoría Unificadora Dialéctica, pero tenemos que tener en claro lo que Beccaria indico en su obra “La cárcel es la simple custodia de un ciudadano y esa custodia esencialmente penosa debe durar el menor tiempo posible y ser lo menos dura posible” (2) porque la cárcel no debe tener una función correctora, sino que debe buscar adaptar laboralmente al reo al explotar económicamente su mano de obra en algún oficio.


UTILIZACION DEL HOMBRE DENTRO DE LOS FINES DE LA PENA


Luego del análisis de los fines de la pena y teniendo en claro que nuestro país utiliza para ello a la Teoría Unificadora Dialéctica llegamos a la conclusión de que el Hombre es utilizado como un medio para demostrarle a la sociedad la pena y el trato que le será impuesto en caso de cometer determinados delitos y que a mayor gravedad mayor va a ser el castigo y el rechazo de la sociedad. Porque en la realidad social el fin de las cárceles no es la reincertacion del reo una vez cumplida la pena, sino contener a la delincuencia para una mayor tranquilidad de la comunidad, utilizando a los medios de comunicación para difundir tranquilidad y demostrar como se castigan determinados delitos.
En el campo Penal la filosofía esta asociada a la escuela clásica defensora de la Retribución, en la cual la Pena se da como una necesidad lógica (Hegel) o
Moral ( Kant), lo que no excluye que su fin pueda ser preventivo general y/o especial.
Tanto Kant como Hegel promulgaron dos teorías sobre los fines de la pena con las cuales nadie estuvo de acuerdo debido a que fueron consideradas irracionales por carecer de fundamento empírico, ya que la supresión del mal causado por el delito mediante la aplicación de una pena es ficticia, porque en realidad, el mal de la pena se suma al mal del delito:
Teoría de Kant (eticista): se pena porque se comete un hecho desvalorado, un delito. Se pena porque es justo una necesidad moral. La pena necesaria seria aquella que produzca al autor un mal que compense el mal que ha causado libremente; solo es legítima la pena justa aunque no sea útil.

Teoría de Hegel (legalista): ante un delito el derecho se ve lesionado y se pena al autor del mismo para que ese derecho se vea rehabilitado.


CONCLUSION

“….Lo que aquí se busca es a la vez lo justo absoluto y lo justo social, es decir lo justo aplicado a gentes que asocian su vida para asegurar su independencia, y que son libres e iguales, sea proporcionalmente, sea individual y numéricamente. Por lo tanto siempre que no se les garantiza estos bienes, no hay para ellos justicia social propiamente dicha; hay solamente una justicia cualquiera que se parece mas o menos a aquella; porque solo hay una justicia cuando hay una ley que decide en las contiendas que se suscitan entre los hombres…..La justicia política solo existe en virtud de una ley, y solo se aplica a los seres que naturalmente deben ser gobernados por la ley; mas estos seres son aquellos que, en su igualdad, pueden aspirar alternativamente al mando y a la obediencia” (3)


En pocos años tendremos más prisiones, muchos más presos de los que pueden alojar, y muchos más condenados en las calles. Mientras tanto, los verdaderos ladrones (los de millones de dólares) y los verdaderos asesinos seguirán controlando los instrumentos punitivos, malgastando nuestro dinero. Si en algo el pueblo, el gobierno y el grupo más poderoso parecen estar de acuerdo, es en la manera de tratar a los delincuentes, a los mismos de siempre condenados a nacer, crecer y vivir como lo que tiene que ser por definición
“criminales”. Esto debemos agradecérselo a la denominada SELECTIVIDAD PENAL.-





BLIOGRAFIA


1) Eugenio Raúl Zaffaroni y otros “Derecho Penal Parte General”, Buenos Aires, ED. Ediar, año 2000.-

2) Mario Portela “Ensayos Sobre Filosofía del Derecho”, Mar del Plata, Ediciones Suarez, Año 2002.-

3) http://www.unne.edu.ar/Web/cyt/cyt/2001/1-Sociales/S-039.pdf

4) http://www.elinconformistadigital.com/modules.php?op=modload&name=News&file=article&sid=535

5) Revista Telemática de Filosofía del Derecho, Nº 5, 2001/2002, pp. 201-212.-

6) Aristóteles “Ética”, Madrid, ED. Alba, año 1999.-


(1) Claus Roxin, “ Problemas Básicos del Derecho Penal” Madrid, ED. Reus año 1976, Pág. 20
(2) Cesare Bancaria “ De los Delitos y de las Penas” Bogota, ED Temis, año 1987 Pág. 45
(3) Aristóteles “Ética” Madrid, ED. Alba año 1999.-

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